
Uruguay legaliza la eutanasia y marca un hito regional
Alejandra Larrea
Uruguay dio un paso histórico: tras cinco años de debate, la Cámara de Senadores sancionó la ley que regula la eutanasia y cerró el trámite parlamentario iniciado con la aprobación en Diputados en agosto. El resultado en la cámara alta fue 20 a 11, sobre 31 bancas, y deja a Uruguay a la vanguardia regional: mientras Colombia y Ecuador habilitaron la práctica a través de fallos de sus cortes, es la primera vez que un país latinoamericano la aprueba mediante una ley. Con ambas cámaras a favor, resta la reglamentación del Ejecutivo para su implementación efectiva.
De acuerdo con el texto aprobado, la eutanasia podrá solicitarse por mayores de edad que estén “psíquicamente aptos” y cursen la etapa terminal de una patología incurable e irreversible o padezcan sufrimientos insoportables con deterioro progresivo de la calidad de vida. La solicitud exigirá la intervención y aval de dos profesionales de la salud; si hubiera discrepancias, se convocará una junta médica. El acceso se limita a ciudadanos uruguayos o residentes, y el fallecimiento se asentará legalmente como muerte natural, según los criterios que definirá la reglamentación.
La norma fue respaldada por el oficialismo y parte de la oposición, en una sesión extensa y con fuerte presencia del público en las barras del Palacio Legislativo. El Frente Amplio aportó la base de los votos positivos y se sumaron adhesiones de legisladores nacionalistas y colorados; del otro lado, varios senadores esgrimieron objeciones éticas y de técnica legislativa. La discusión volvió sobre dos ejes: autonomía del paciente y garantías médicas. Para los promotores, la ley “no obliga a nadie” y reconoce un derecho en situaciones extremas; para los críticos, abre interrogantes sobre cobertura de cuidados paliativos y resguardos para los equipos sanitarios.
En términos comparados, la aprobación coloca a Uruguay en la lista de países que legalizaron la eutanasia —como Países Bajos, Bélgica, España, Canadá— en contraste con otras jurisdicciones que adoptan esquemas de suicidio asistido o criterios más acotados. En la región, Colombia (1997 y ampliaciones posteriores) y Ecuador (2024) despenalizaron vía tribunales, pero no contaban con una ley integral aprobada por el Congreso. Esa diferencia normativa es la que subrayan hoy los análisis internacionales sobre el alcance del paso uruguayo.
La letra fina incorpora salvaguardas clave: requerirá consentimiento libre, informado y reiterado, verificaciones clínicas y la posibilidad de objeción de conciencia para profesionales y centros que no deseen intervenir, sin que eso impida el acceso del paciente a través de otra institución. Además, se prevé un órgano de revisión y reportes periódicos para monitorear la aplicación. Varios de estos puntos deberán precisarse en la reglamentación que el Ejecutivo debe emitir en los próximos meses.
El proceso legislativo estuvo marcado por audiencias públicas y testimonios de pacientes y familias que reclamaron el derecho a decidir el final de la vida ante dolores refractarios o padecimientos irreversibles. Organizaciones médicas, académicas y religiosas presentaron posturas contrapuestas. La AP reseñó que, pese a la sensibilidad del tema, las encuestas mostraban un apoyo social mayoritario y que el país ya contaba con antecedentes normativos en materia de decisiones al final de la vida (rechazo de tratamientos desde 2013).
¿Qué cambia a partir de ahora? Con la sanción parlamentaria, Uruguay pasa de un marco penal que consideraba la eutanasia como “homicidio piadoso” a un régimen regulado, con criterios de elegibilidad, trazabilidad clínica y control administrativo. En la práctica, los equipos de salud deberán adaptar protocolos, capacitar personal y coordinar con comités de ética. Para las familias, la norma aporta seguridad jurídica y procedimientos claros en situaciones límite. Para el sistema, implica un desafío de implementación que exigirá supervisión estatal y transparencia en los registros.
En un país que ya había sido pionero regional en matrimonio igualitario, aborto legal y regulación del cannabis, la ley de “muerte digna” consolida una línea de reformas bioéticas y coloca a Montevideo en el centro del debate latinoamericano. La atención estará ahora en la promulgación y en la reglamentación: plazos, guías clínicas, objeción institucional y mecanismos de auditoría serán determinantes para que el derecho reconocido se traduzca en un acceso seguro y equitativo.


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