Fallo clave de la Corte: ordenan revisar una adopción por el derecho de los padres biológicos

El máximo tribunal dispuso volver a analizar un caso de adopción que había sido otorgado en instancias inferiores. El foco está puesto en la participación de los progenitores y la protección del vínculo originario.

Política29 de julio de 2025Alejandra LarreaAlejandra Larrea
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Fallo clave de la Corte, ordenan revisar una adopción.

En una decisión que puede sentar jurisprudencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó revisar una sentencia de adopción plena que había sido confirmada por tribunales inferiores. El fallo cuestiona el modo en que se gestionó el proceso y subraya la importancia de respetar los derechos de los padres biológicos.

El caso pone nuevamente en tensión dos principios delicados: el interés superior del niño y el derecho de los progenitores a mantener vínculos o a ser escuchados antes de que se concrete una adopción definitiva. La Corte pide mayor rigurosidad al momento de privar a una persona del ejercicio de su paternidad o maternidad.

El caso gira en torno a una niña que fue adoptada de manera plena por una pareja, luego de que la justicia declarara la situación de adoptabilidad por presunto abandono. Sin embargo, la Corte detectó irregularidades en el procedimiento, especialmente en lo que respecta a la notificación y participación efectiva de los padres biológicos.

Según el fallo, no se habría garantizado debidamente el derecho de defensa de los progenitores, quienes no fueron escuchados en tiempo y forma, ni tampoco se agotaron las instancias previas de revinculación. El máximo tribunal remarca que la adopción plena implica la extinción total del vínculo jurídico con la familia de origen, por lo que requiere un estándar elevado de revisión.

Uno de los ejes centrales del dictamen es la necesidad de considerar el derecho a la identidad de los niños y el respeto a su historia biológica. Aunque se destaca que el interés superior del menor es la guía principal, también se afirma que este interés no puede interpretarse de forma automática ni prescindir de las garantías constitucionales de los adultos involucrados.

El voto mayoritario pone énfasis en la necesidad de un debido proceso. La Corte sostuvo que en este caso se actuó con cierta celeridad procesal que terminó por vulnerar derechos fundamentales. La decisión ordena retrotraer el expediente a una instancia previa, para que se realice una nueva evaluación de la situación con participación efectiva de todas las partes.

El fallo no anula la adopción en forma inmediata, pero abre la puerta a una posible revocación si se comprueba que los padres biológicos nunca fueron notificados correctamente o si existía voluntad de ejercer su rol parental. En ese sentido, el tribunal enfatizó que la pérdida del rol paterno o materno no puede presumirse, sino probarse.

El tema generó reacciones en el ámbito jurídico y social. Algunos sectores celebran el fallo como una defensa de las garantías procesales, mientras que otros temen que pueda abrir un escenario de inseguridad para miles de adopciones ya otorgadas. La Corte, sin embargo, aclara que se trata de un caso particular, con hechos concretos y no una doctrina general.

En los últimos años, la legislación argentina en materia de adopción avanzó hacia modelos más ágiles y respetuosos del interés del niño, pero también surgieron alertas por procedimientos que, en nombre de la celeridad, omiten pasos clave. Este caso expone esa tensión.

Desde organismos de protección infantil pidieron que se mantenga el foco en la estabilidad emocional de los niños y niñas, y que los procesos judiciales contemplen tanto el derecho a la familia como la continuidad de los vínculos afectivos ya establecidos.

Por ahora, la menor seguirá bajo la guarda de la familia adoptiva, pero el expediente vuelve a foja cero. La justicia deberá evaluar nuevamente la situación, esta vez incluyendo a los padres biológicos en el proceso, con audiencia y asistencia legal.

El fallo vuelve a poner en discusión una pregunta de fondo: ¿qué debe prevalecer cuando se cruzan los derechos del niño con los de los adultos? La Corte parece sugerir que no se trata de elegir entre uno y otro, sino de garantizar que todos sean respetados en condiciones de igualdad y legalidad.

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